Aseo y Ornato/ Gestión

La Dirección de Aseo y Ornato tiene como objetivo principal procurar el aseo de los espacios públicos, la adecuada recolección y disposición de las basuras y la contribución al mejoramiento del medio ambiente de la comuna, para lo cual sus funciones se desarrollan a través de las Unidades de: Aseo, Ornato, Higiene ambiental y zoonosis y Cementerio.
Revisa aquí los nuevos recorridos de recolección de basura para el sector sur de Colina
Preguntas frecuentes
- Mi vecino bota aguas de la piscina y lava el auto en la calle ¿es esto normal o lícito?
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Efectivamente es muy normal, pero esta muy distante de ser licito, de acuerdo a la Ordenanza vigente de Aseo, el Art. No 2º indica que se prohíbe el vaciamiento o escurrimiento de aguas servidas a la vía pública y de cualquier líquido. El no cumplimiento podría ocasionar multas que van de 1 a 3 U.T.M.
- Quiero cortar el árbol que esta frente a mi casa, en la vía pública ¿debo pedir permiso?
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Si, debe pedir el permiso correspondiente en la Dirección de Aseo y Ornato de la Municipalidad personal de este departamento lo visitara y evaluara dicha solicitud
- Frente a mi casa hay una plaza, al interior se estacionan vehículos ¿Está permitido?
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Esto no esta permitido, tanto por la Ley de Tránsito como en la Ordenanza Sobre Áreas Verdes en su Art. 20º señala que Se prohíbe ocupar de cualquier modo los espacios no destinados al paso del público, ubicados En plazas y parques, dicha conducta puede provocar al infractor una multa con un máximo de 4 u.t.m.
- Un vecino construye una ampliación ¿Puede dejar los materiales en la calle?
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No, esto esta conducta esta totalmente prohibida, de acuerdo a la Ordenanza de Aseo Comunal. En su Art. No 4 “Queda estrictamente prohibido botar escombros u otros materiales en la vía Publica (bienes nacionales de uso publico), salvo contar con permiso previo municipal que lo otorga la Dirección de Obras Municipales.
- Donde vivo hay un taller mecánico, y repara vehículos en la calle ¿Es legal?
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Dicho taller, podría existir, siempre y cuando cuente con patente municipal, pero en ningún caso puede realizar los trabajos en la vía pública, ello esta claramente reglamentado en la Ordenanza de Aseo Articulo No 10 letra i (Se prohíbe efectuar trabajos mecánicos en la vía publica) el infractor arriesga una multa de 1 a 3 U.T.M.
- Somos un grupo de vecinos y queremos hermosear nuestro entorno ¿Que permiso hay que solicitar?
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Aunque es un muy buena iniciativa, igualmente todas las organizaciones comunitarias y vecinos particulares deben solicitar la autorización escrita y supervisión por parte del municipio. Articulo No 10 Capitulo III Ordenanza sobre Mantención de Áreas Verdes.
- Tengo abundante basura y hojas en mi patio ¿los puedo sacar a la calle y quemarlos?
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Por ningún motivo, la quema de basuras, ramas, hojas o cualquier elemento en la vía Pública o en un sitio particular esta totalmente prohibido. Dicha conducta esta claramente Sancionada en la Ordenanza de Aseo Comunal, Articulo No 10 letra g el infractor se expone a una multa de 1 a 3 U.T.M.
- Fuera de mi casa hay un contenedor de basura naranjo, todos botan su basura allí ¿Son para eso?
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No, estos contenedores cumplen la función de papeleros para los transeúntes y para que el Barredor del lugar deje allí la basura recopilada, de acuerdo a la Ordenanza de Aseo Comunal ésta conducta transgrede el artículo No 28 con una posible multa de 1 a 3 U.T.M. El vecino debe colocar la basura en el exterior de su casa los días que corresponda a la frecuencia del camión recolector.
- ¿Es lícito colgar carteles en un árbol, con un clavo?
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La Ordenanza Comunal sobre Mantención de Áreas Verdes y Especies Vegetales en espacios de uso publico, en su Capitulo III señala “Se prohíbe amarrar Animales, bicicletas o carretones al tronco de cualquier árbol o arbusto asimismo colgar Carteles, colocar alambres o clavar en su tronco cualquier elemento….” El infractor se expone a una multa de hasta 4 U.T.M.
- Frente a mi domicilio existen dos árboles, se están secando, ¿Qué puedo hacer?
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Lo primero que tiene que hacer es regarlos, la municipalidad debe atender el riego de los árboles, plantas y pastos ubicados en plazas y parques. Los árboles frente a cada propiedad deben ser regados por los vecinos (Ordenanza sobre mantención de áreas verdes, articulo 11)
- Recientemente vivo en un condominio ¿Qué hago para ser considerado en el retiro de basura?
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Debe concurrir a la Dirección de Aseo y Ornato de la Municipalidad y solicitar un nuevo Servicio, allí será informado de los montos a cancelar y la fecha de inicio del servicio. Si su vivienda cuenta con recepción final, los derechos de aseo serán cobrados a través del Cobro de contribuciones, si correspondiere, también puede solicitar la solicitud a través de e-mail, ser llenado y devuelto por este medio.
- El guardia de la empresa firmo una planilla de retiro de basura ¿Qué significa esto?
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Esto tiene relación con el excedente de basura que genera su empresa, cada negocio, colegio o empresa, puede sacar hasta un máximo de 60 lts. diarios, 1.800 lts. mensuales, el remanente es considerado excedente y se cobra en forma separada con un costo de 0.0005 de la U.T.M
- Tengo un amplio jardín ¿Que hago con los desechos de poda y ramas?
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El articulo No 16º letra b) de la Ordenanza Comunal de Aseo, señala que no serán retirados los restos de jardinería y poda de árboles. Debido a ello se recomienda buscar un tercero que pueda retirar estos restos y darles un destino final acorde con las normativas.
- Tengo un kiosco. ¿Deben los barredores municipales retirar mi basura?
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Por ningún motivo es mala voluntad, la Ordenanza de Aseo Comunal en su artículo No 9º Indica “…Todos los kioscos o negocios ubicados en la vía publica deberán tener receptáculos de basuras y mantener permanentemente barrido y limpios alrededores de los mismos…” el no cumplimiento de esta normativa podría ocasionar hasta la caducidad de la patente.
- Vivo en departamentos, mi vecino de arriba derrama agua hacia el mío. ¿Es sancionable?
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Efectivamente regar maceteros en lo alto de un edificio sin tomar el resguardo para evitar derrames, esta sancionado de acuerdo al articulo 10 letra d) de la Ordenanza de Aseo y su vecino se expone a una multa de 1 a 3 U.T.M. igualmente se sugiere hablar con su vecino y exponer la situación. Si no se llega a acuerdo, podría pedir la intervención municipal.
- Frente a mi casa hay un canal de regadío con basura y maleza. ¿Quien debe limpiarlo?
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Este aspecto está considerado en la Ordenanza de Aseo Comunal en su articulo 12º “los cursos de agua de riego de acequias deberán ser mantenidos por los dueños u ocupantes de la propiedad que los enfrentan o atraviesan, prohibiéndose depositar el barrido en ellos, como asimismo botar basuras y escombros aun en forma provisoria.
Igualmente y si el problema es de mayor magnitud, puede recurrir al municipio para una ayuda de emergencia. - ¿Existe retiro de basura todos los días del año?
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Todos los días pasa el camión recolector haciendo retiro de la basura domiciliaria, excepto los días 1ro.de enero y 1ro. de mayo, los días 25 y 31 de diciembre solo se adelanta el horario de retiro.