Secretaría Municipal

La Secretaría Municipal tendrá a su cargo a la Oficina de Partes y Oficina de lnformación, Reclamos y Sugerencias (OIRS), Oficina Administrativa de Secretaría Municipal, Ventanilla única y Transparencia Municipal. Estas unidades contribuirán al cumplimiento de las funciones generales a través del desarrollo de sus funciones específicas.

Secretario Municipal (s): María Fernanda Echeverría

Teléfono Secretaría Municipal: 22 707 33 64

OBJETIVOS Y FUNCIONES SECRETARÍA MUNICIPAL

  • Dirigir las actividades de la secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo.
  • Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales y demás que determine la ley.
  • Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la ley 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado.
  • Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 6O de la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias y el artículo 80 de la Ley 20.500, sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro.
  • Realizar otras funciones que le asigne el Acalde de conformidad a la legislación vigente y que no sea de aquellas que la ley les asigne a otras unidades.

De las funciones generales definidas en el artículo anterior, se desprenden las siguientes funciones específicas para la Secretaría Municipal:

  • Asistir y tomar acta de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
  • Refrendar, transcribir y comunicar las resoluciones del Alcalde, los Acuerdos del Concejo Municipal y Consejo Comunal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, manteniendo un archivo de éstos.
  • Confeccionar los Decretos Alcaldicios y resoluciones que le solicite el alcalde.
  • Mantener un constante flujo, control, archivo y conservación de toda la documentación que ingresa y egresa de la Municipalidad.
  • Entregar al Alcalde los antecedentes necesarios de materias que deba informar al Concejo Municipal.
  • Preparar los antecedentes de los temas de la tabla que se tratará en las sesiones del Concejo Municipal.
  • Llevar y mantener al día los Libros de Actas de las Sesiones deI Concejo Municipal, insertando los documentos que éste determine.
  • Certificar el vencimiento de los plazos legales para que el Alcalde se pronuncie respecto de los reclamos de iIegalidad.
  • Redactar y despachar las citaciones o invitaciones a funcionarios municipales o a personas ajenas al municipio, que determine el Concejo.
  • Redactar y despachar los oficios por los cuales se soliciten informes o asesorías que el Concejo Municipal estime necesarios.
  • Recibir, registrar y archivar, según corresponda la documentación que reciba el Concejo Municipal, como también despachar la correspondencia que emane del mismo.
  • Actuar como Ministro de Fe para los efectos establecidos en el Artículo 177 inciso 20 del Código del Trabajo.
  • Mantener archivos de ordenanzas y reglamentos dictados por la Municipalidad.
  • Certificar las demás actuaciones municipales que establezca la ley cuando le sean solicitadas.
  • Recepcionar, mantener y tramitar la declaración de intereses que se establece en la ley 18.575.
  • Cumplir las funciones que le asigna la ley 19,418 sobre Juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias.
  • Certificar el depósito del acta constitutiva de las organizaciones comunitarias, en conformidad a la ley.
  • Certificar copia fiel de los decretos y documentación municipal.