4.1.- Cambio de categoría A1
4.2.- Cambio de categoría A2
4.3.- Cambio de categoría A3
4.4.- Cambio de categoría A4
4.5.- Cambio de categoría A5
Cambio de categoría
4.1.- Cambio de categoría Licencia A1:
Permite conducir taxis.
Requisitos:
Tener mínimo 20 años de edad.
Poseer licencia clase B por al menos 2 años.
Aprobar curso teórico y práctico en Escuela de Conductores.
Cédula de identidad vigente con firma. NO SE ACEPTA COMPROBANTE DE REGISTRO CIVIL NI PASAPORTE.
Certificado de residencia:
– Se validará únicamente con el domicilio inscrito en la Hoja de Vida del Conductor, la que puede obtener gratuitamente con Clave Única en Registro Civil (pinche aquí), acápite Antecedentes.
Escuela de Conductor: Obligatorio.
Idoneidad moral: Obligatorio. Revisión de antecedentes personales, por el Director de Transito.
Examen médico: Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen teórico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.
Examen práctico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez. (debe contar con vehículo correspondiente a la clase profesional que solicita)
4.2.- Cambio de categoría Licencia A2:
Permite conducir indistintamente taxis, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas con capacidad de diez a diecisiete asientos, excluido el conductor, o de hasta treinta y dos asientos, cuando se haya estado en posesión de esta licencia por, a lo menos, dos años y siempre que el largo del vehículo no exceda los nueve metros.
Requisitos:
Tener mínimo 20 años de edad.
Poseer licencia clase B por al menos 2 años.
Aprobar curso teórico y práctico en Escuela de Conductores.
Cédula de identidad vigente con firma. NO SE ACEPTA COMPROBANTE DE REGISTRO CIVIL NI PASAPORTE.
Certificado de residencia:
– Se validará únicamente con el domicilio inscrito en la Hoja de Vida del Conductor, la que puede obtener gratuitamente con Clave Única en Registro Civil (pinche aquí), acápite Antecedentes.
Escuela de Conductor: Obligatorio.
Idoneidad moral: Obligatorio. Revisión de antecedentes personales, por el Director de Transito.
Examen médico: Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen teórico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.
Examen práctico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez. (debe contar con vehículo correspondiente a la clase profesional que solicita)
4.3.- Cambio de categoría Licencia A3:
Permite conducir indistintamente taxis, vehículos de transporte remunerado de escolares, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas sin limitación de capacidad de asientos.
Requisitos:
Tener mínimo 20 años de edad.
Poseer licencia clase B por al menos 2 años.
Poseer licencia clase A1 o A2 o A4 o A5 por al menos 2 años
Aprobar un curso teórico y práctico en una Escuela de Conductores Profesionales.
En caso de no poseer las licencias anteriormente señaladas, se requiere aprobar un curso especial que incluye el uso de simuladores de conducción.
Cédula de identidad vigente con firma. NO SE ACEPTA COMPROBANTE DE REGISTRO CIVIL NI PASAPORTE.
Certificado de residencia:
– Se validará únicamente con el domicilio inscrito en la Hoja de Vida del Conductor, la que puede obtener gratuitamente con Clave Única en Registro Civil (pinche aquí), acápite Antecedentes.
Si tienes una licencia de conductor clase A-1 o A-2 otorgada antes del 8 de marzo de 1997, y que esté vigente, debes aprobar un curso en un organismo técnico de capacitación (OTEC).
Escuela de Conductor: Obligatorio.
Idoneidad moral: Obligatorio. Revisión de antecedentes personales, por el Director de Transito.
Examen médico: Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen teórico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.
Examen práctico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez. (debe contar con vehículo correspondiente a la clase profesional que solicita)
4.4.- Cambio de categoría Licencia A4:
Permite conducir vehículos simples destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.
Requisitos:
Tener mínimo 20 años de edad.
Poseer licencia clase B por al menos 2 años.
Aprobar curso teórico y práctico en Escuela de Conductores.
Cédula de identidad vigente con firma. NO SE ACEPTA COMPROBANTE DE REGISTRO CIVIL NI PASAPORTE.
Certificado de residencia:
– Se validará únicamente con el domicilio inscrito en la Hoja de Vida del Conductor, la que puede obtener gratuitamente con Clave Única en Registro Civil (pinche aquí), acápite Antecedentes.
Escuela de Conductor: Obligatorio. Encuentra el listado aquí.
Idoneidad moral: Obligatorio. Revisión de antecedentes personales, por el Director de Tránsito.
Examen médico: Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen teórico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.
Examen práctico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez. (debe contar con vehículo correspondiente a la clase profesional que solicita)
4.5.- Cambio de categoría Licencia A5:
Permite conducir todo tipo de vehículos motorizados, simples o articulados, destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.
Requisitos:
Tener mínimo 20 años de edad.
Poseer licencia clase B por al menos 2 años.
Poseer licencia clase A2 o A3 o A4 por al menos 2 años.
Aprobar un curso teórico y práctico en una Escuela de Conductores Profesionales.
En caso de no poseer las licencias anteriormente señaladas, se requiere aprobar un curso especial que incluye el uso de simuladores de conducción.
Cédula de identidad vigente con firma. NO SE ACEPTA COMPROBANTE DE REGISTRO CIVIL NI PASAPORTE.
Certificado de residencia:
– Se validará únicamente con el domicilio inscrito en la Hoja de Vida del Conductor, la que puede obtener gratuitamente con Clave Única en Registro Civil (pinche aquí), acápite Antecedentes.
Si tienes una licencia de conductor clase A-1 o A-2 otorgada antes del 8 de marzo de 1997, y que esté vigente, debes aprobar un curso en un organismo técnico de capacitación (OTEC).
Escuela de Conductor: Obligatorio.
Idoneidad moral: Obligatorio. Revisión de antecedentes personales, que se estudia por el Director de Tránsito.
Examen médico: Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen teórico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.
Examen práctico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez. (debe contar con vehículo correspondiente a la clase profesional que solicita)