Minvu abre llamado especial de Subsidio de Arriendo
El Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, Manuel José Errázuriz, señaló que la medida beneficia a grupos familiares de ingresos bajos y medios de todas las comunas y también a nivel nacional, que han perdido el empleo o han tenido una baja de más del 30% de sus ingresos.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo dio a conocer nuevas medidas en el marco del Plan de Protección a la Clase Media, anunciada hace poco por el presidente Sebastián Piñera, entre las que se considera un llamado especial del Subsidio de Arriendo.
Esta iniciativa está orientada a grupos familiares de ingresos bajos y medios que han visto afectada su situación laboral, ya sea a través de una pérdida del empleo o una reducción de más del 30% de sus ingresos, es por ello que, el Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, Manuel José Errázuriz, enfatizó que “vamos a aliviar directamente el bolsillo de las personas y poder entregarles tranquilidad durante los próximos meses, entendiendo que nuestra región aún sigue pasando momentos muy complejos debido a la pandemia del Coronavirus”.
Este Llamado Especial de Arriendo, impulsado por el actual Gobierno, otorgará un Subsidio de Arriendo durante tres meses, por hasta $250 mil y para arriendos de hasta $600 mil mensuales, que cubrirá hasta el 70% del valor del arriendo para las familias que hayan tenido caídas en sus ingresos de 30% o más”.
El llamado especial comenzó el 14 de julio y estará abierto hasta el 24 de agosto con tres cierres parciales siendo esta postulación 100% digital. Serán 100.000 subsidios con un costo total de inversión superior a los 93 millones de dólares.
Requisitos para postular
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH)
- Demostrar pérdida de empleo o baja de más del 30% de ingresos.
- No ser propietario de una vivienda (postulante o algún integrante del núcleo familiar)
- Estar arrendando una vivienda actualmente
- Presentar los documentos de postulación.
Documentos requeridos
- Acreditación de cesantía o baja de más del 30% en los montos de ingresos.
- Contrato de arrendamiento actual.
- Declaración jurada firmada por el arrendador donde manifiesta que es dueño de la vivienda y que ésta no se encuentra sujeta a embargo.
- Recepción municipal acreditada.